Ante el descredito y la obtención de obras que no son de su autoria. Rio Grande crea un nuevo comite llamado Río Grande en Acción. Donde un grupo de jovenes comenzara la fiscalización y en el atolladero que se encuentra el pueblo de Río Grande. Se necesitan grandes obras, y una reestructuración social verdadera. Una obra no puede ser brea y pintura. Es por eso que muy pronto conoceran de este nuevo comite, con noticias de corrupción rampante y en el endeudamiento que Río Grande ha obtenido en estos cuatro años. Van a conocer la verdadera obra, de un gobierno dominado y liderado por el Partido Popular. Dios Bendiga Nuestro Pueblo.
Sin planificación de Obras. Imaginensen que si entran a la web de la Asociación de Alcalde, todos tienen un proyecto y Río Grande n0. Utilización de recursos municipales para propósitos político-partidistas:El 30 de julio de 2007 unos ciudadanos presentaron una demanda en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo contra el Alcalde, en su carácter personal y como Alcalde, por daños y perjuicios, y restitución de fondos. En dicha demanda reclamaban que el Alcalde dejara de utilizar la frase Construyendo un Nuevo Río Grande en los vehículos municipales, anuncios en la prensa escrita, impresos del Municipio y en los rótulos que identifican las dependencias municipales y los proyectos de construcción, ya que entendían que era un lema político-partidista. Según las alegaciones de los demandantes, durante la campaña política del 2004 el Alcalde utilizó el lema Vamos a Reconstruir a Río Grande. Además, reclamaban una compensación no menor de $10,000 por cada demandante por concepto de daños y perjuicios causados.El 21 de diciembre de 2007 el Tribunal dictó sentencia en la cual declaró que el lema Construyendo un Nuevo Río Grande es de naturaleza político-partidista. Además, que el uso de fondos públicos del Municipio de Río Grande para el desarrollo, la impresión, la distribución, la publicación o la ubicación de letreros, anuncios, emblemas, programas o folletos que incluyan el lema Construyendo un Nuevo Río Grande, es inconstitucional. El Tribunal ordenó al Alcalde no utilizar fondos públicos para dichos propósitos y eliminar de todo letrero y vehículo de motor municipal el lema mencionado. Por otra parte, dejó sin efecto la reclamación de daños y perjuicios y la restitución de fondos.El 3 de enero de 2008 los demandantes acudieron al Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de Fajardo, y solicitaron una compensación por los daños y perjuicios, y la restitución de los fondos públicos por parte del Alcalde que dejó sin efecto el Tribunal de Primera Instancia. El 15 de abril el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. El 13 de mayo los demandantes acudieron al Tribunal Supremo y apelaron la causa de acción relacionada con los daños y perjuicios, y la restitución por parte del Alcalde de los fondos públicos utilizados en el lema político. Al 30 de julio de 2008 estaba pendiente de resolverse dicha apelación.En un examen de los desembolsos efectuados por el Municipio por artículos y servicios que incluían la frase Construyendo un Nuevo Río Grande determinamos que de enero de 2005 a enero de 2008 se pagaron $23,950 por los mismos, según se indica:
Sin planificación de Obras. Imaginensen que si entran a la web de la Asociación de Alcalde, todos tienen un proyecto y Río Grande n0. Utilización de recursos municipales para propósitos político-partidistas:El 30 de julio de 2007 unos ciudadanos presentaron una demanda en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo contra el Alcalde, en su carácter personal y como Alcalde, por daños y perjuicios, y restitución de fondos. En dicha demanda reclamaban que el Alcalde dejara de utilizar la frase Construyendo un Nuevo Río Grande en los vehículos municipales, anuncios en la prensa escrita, impresos del Municipio y en los rótulos que identifican las dependencias municipales y los proyectos de construcción, ya que entendían que era un lema político-partidista. Según las alegaciones de los demandantes, durante la campaña política del 2004 el Alcalde utilizó el lema Vamos a Reconstruir a Río Grande. Además, reclamaban una compensación no menor de $10,000 por cada demandante por concepto de daños y perjuicios causados.El 21 de diciembre de 2007 el Tribunal dictó sentencia en la cual declaró que el lema Construyendo un Nuevo Río Grande es de naturaleza político-partidista. Además, que el uso de fondos públicos del Municipio de Río Grande para el desarrollo, la impresión, la distribución, la publicación o la ubicación de letreros, anuncios, emblemas, programas o folletos que incluyan el lema Construyendo un Nuevo Río Grande, es inconstitucional. El Tribunal ordenó al Alcalde no utilizar fondos públicos para dichos propósitos y eliminar de todo letrero y vehículo de motor municipal el lema mencionado. Por otra parte, dejó sin efecto la reclamación de daños y perjuicios y la restitución de fondos.El 3 de enero de 2008 los demandantes acudieron al Tribunal de Apelaciones, Región Judicial de Fajardo, y solicitaron una compensación por los daños y perjuicios, y la restitución de los fondos públicos por parte del Alcalde que dejó sin efecto el Tribunal de Primera Instancia. El 15 de abril el Tribunal de Apelaciones confirmó la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia. El 13 de mayo los demandantes acudieron al Tribunal Supremo y apelaron la causa de acción relacionada con los daños y perjuicios, y la restitución por parte del Alcalde de los fondos públicos utilizados en el lema político. Al 30 de julio de 2008 estaba pendiente de resolverse dicha apelación.En un examen de los desembolsos efectuados por el Municipio por artículos y servicios que incluían la frase Construyendo un Nuevo Río Grande determinamos que de enero de 2005 a enero de 2008 se pagaron $23,950 por los mismos, según se indica:
CONCEPTO IMPORTE
- Rotulación de vehículos y dependencias municipales $ 6,465
- Impresos (papel timbrado, sobres, invitaciones
- y tarjetas de presentación) 6,077
- Anuncios de periódico (relacionados con subastas,
- vistas públicas y solicitudes de propuestas y otros) 6,990
- Camisetas y polos para empleados municipales 4,418
TOTAL $23,950
Violación a la Constitución de Nuestro Pais en la Sección 9 del Artículo VI - se dispone que sólo se dispondrá de las propiedades y los fondos públicos para fines públicos y para el sostenimiento y funcionamiento de las instituciones del Estado, y en todo caso por autoridad de ley.Artículo 3.2(c) de la Ley Núm. 12 - se dispone que ningún funcionario o empleado público utilizará los deberes y las facultades de su cargo ni la propiedad o los fondos públicos para obtener, directa o indirectamente para él, para algún miembro de su unidad familiar, ni para cualquier otra persona, negocio o entidad, ventajas, beneficios o privilegios que no estén permitidos por ley y en el Artículo 8(C) del Reglamento de Ética Gubernamental se incluye una disposición similar.Violación al Reglamento de Etica GubernamentalEl uso de los recursos del Municipio para propósitos políticos es contrario al interés público. Además, provee al funcionario o empleado que indebidamente los utiliza, ventajas, beneficios y privilegios que no están permitidos por ley.El Alcalde y los directores de Finanzas en funciones no cumplieron con las disposiciones citadas ni protegieron los intereses del Municipio con respecto a la situación comentada.
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